A través del Decreto 1683 de 2013, tú y tu núcleo familiar pueden solicitar la prestación de servicios de salud en cualquier lugar del país, si se van a vivir ocasional o temporalmente a un municipio diferente al que se encuentran afiliados y la EPSI no tiene operación en ese lugar.
Tipos de migración
Según el tiempo de duración y el tipo de traslado, se han establecido tres tipos de migración:
-Emigración ocasional:si estarás fuera de casa por un período no mayor a un (1) mes y solicitas una urgencia, podrás acceder a los servicios de salud en cualquier hospital o clínica, aunque no tenga convenio con PIJAOS SALUD EPSI.
-Emigración temporal:si vas a estar fuera de casa y te trasladas a otro municipio dentro del territorio nacional, por un tiempo superior a un (1) mes e inferior a doce meses (12), te garantizamos los servicios de salud asignándote una IPS en el lugar donde te encuentres residiendo.
-Emigración permanente:si todo tu núcleo familiar se va vivir a otra ciudad por más de doce (12) meses o de manera definitiva, deberás realizar el TRASLADO de EPS a una entidad habilitada que tenga el respectivo régimen dentro del municipio donde te encuentres.
¿Qué debes tener en cuenta para acceder a la Portabilidad?
-No debes confundir portabilidad con el traslado de EPS o cambio de dirección a ciudades donde la EPS cuenta con autorización para brindar el servicio.
-Sigue las recomendaciones indicadas según el tipo de migración (ocasional, temporal y permanente).
-En tu solicitud incluye los siguientes datos: tipo de identificación, número de identificación, nombres y apellidos, fecha de solicitud, municipio receptor (al que trasladas), dirección en el municipio receptor, teléfono, temporalidad (tiempo que estarás el municipio receptor), IPS actual, correo electrónico para respuesta.